trabajadora es aplastado por montacargas al querer ayudar, lamentable accidente (*video*)

Otros Nov 11, 2021

¿Que pasa cuando sufro un accidente de trabajo, enfermedad o defunción?

El Seguro de Riesgos de Trabajo de la Ley del Seguro Social te protege en caso de accidente o enfermedad de trabajo y de las secuelas o limitaciones funcionales secundarias a estos eventos. Para hacerlo válido, necesitas pasar por el proceso de Dictaminación.

Sufriste un accidente o enfermedad a causa de tu trabajo? ¡Acércate! Puedes solicitar que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) califique tu caso.

Es el trámite que debes realizar si te ocurrió un accidente o eres portadora o portador de una enfermedad y consideras que son derivados o están relacionados con el trabajo que realizas en la empresa en que laboras; de ser calificado por el servicio de Salud en el Trabajo del IMSS, como “Sí de trabajo” entonces quedarás protegida o protegido por el Seguro de Riesgos de Trabajo.

  1. Identificación oficial (original y copia), como puede ser:
    • Credencial para votar
    • Pasaporte vigente
    • Cartilla de Servicio Militar Nacional
    • Cédula profesional
    • Credencial ADIMSS
  2. Cartilla Nacional de Salud
  3. Aviso de atención médica inicial y calificación de probable accidente de trabajo ST-7 (copia), preferentemente llenado por el patrón en el reverso.
  4. Aviso de atención médica y calificación de probable enfermedad de trabajo ST-9 (copia), preferentemente llenado por el patrón en el reverso.

En caso de defunción, además:

  • Acta de defunción.
  • Certificado de necropsia o dispensa de ésta, incluyendo examen toxicológico.
  • Copia certificada de la Averiguación Previa del Ministerio Público.
  • En su caso, resumen médico de atención inicial de servicios
      • Después del Accidente: no olvides firmar el campo correspondiente del anverso del formato ST-7, al concluir la atención médica inicial en el servicio de urgencias o consulta externa de la Unidad Médica del Instituto en donde fuiste atendido.
      • En caso de Enfermedad de Trabajo: es importante que recuerdes firmar el campo correspondiente del anverso del formato ST-9, al concluir la atención médica en el servicio de Salud en el Trabajo.
      • Solicita a tu patrón que firme el reverso del formato ST-7 o ST-9. Si este se niega no te preocupes, acude con tu formato al servicio de Salud en el Trabajo de la Unidad Médica que te corresponde por domicilio.

    Vigencia. Los Riesgos de Trabajo no prescriben, sin embargo el pago de las prestaciones en dinero sí, por lo que te aconsejamos realizar el trámite lo más pronto posible.
    Es importante que concluyas el trámite de calificación de los formatos  ST-7 o   ST-9, pues en caso de quedar con alguna secuela o limitación por el accidente o enfermedad calificados como “Sí de Trabajo”, podrías ser candidato a una Indemnización o Pensión por Riesgo de Trabajo (Incapacidad permanente).

Mayores informes:

¿Tuviste un accidente o enfermedad de trabajo? El seguro de riesgos de trabajo te protege. (imss.gob.mx)

 

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